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FACTURACIÓN INSTANTÁNEA; TABÚES E IDEAS ERRÓNEAS

FACTURACIÓN INSTANTÁNEA; TABÚES E IDEAS ERRÓNEAS

FACTURACIÓN INSTANTÁNEA; TABÚES E IDEAS ERRÓNEAS

 

Los tiempos cambian, la tecnología crece a pasos agigantados y la facturación electrónica con ellos.

Todo se deriva de un convenio de colaboración que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) firmó con la Asociación de Bancos de México (ABM) , en el que acordaron que los contribuyentes podrán emitir facturas de manera instantánea al pagar con sus tarjetas.

Esto,  aunque solo es un nuevo modelo de facturación, creó muchos mitos entre las población. Ante ello, el fisco a través de diferentes canales como las redes sociales difundió los mitos y realidades que rodean al tema de las facturas instantáneas y Accuantia Consultoría te los resume.

¿Qué si es la Factura Instantánea?

Es un mecanismo opcional de facturación donde a través de la Terminal Punto de Venta, al realizar el pago con tarjeta de crédito o débito, se generará de manera inmediata la factura.

El comprobante de pago contendrá un código QR con el que se podrá verificar la factura generada, el código QR contendrá:

  • La URL de acceso al servicio donde muestra los datos del comprobante.
  • Folio Fiscal del comprobante.
  • RFC del emisor.
  • RFC del receptor.
  • Total del comprobante.
  • Ocho últimos caracteres del sello digital del emisor del comprobante.

¿Cuál es el verdadero propósito de esta medida?

Busca simplificar  trámites y  respecto a que si este tipo de facturas serán fiscalizados los gastos que haga con su tarjeta para comprobar si existen diferencias entre sus ingresos y sus gastos, la autoridad fiscal desmiente el mito, alegando que con la factura instantánea, ésta será una medida de facilitación.

¿Se eliminará el actual modelo de facturación para incorporar el esquema de la factura instantánea?

No. Este nuevo modelo de facturación es una alternativa para los contribuyentes.

¿Será obligatorio el uso de la factura instantánea?

No. Es de uso opcional por parte de quien factura, en caso de no tomar dicha opción se seguirá aplicando el proceso de facturación como hasta hoy en día se realiza.

En este sentido, usted como empresario, si su cliente no solicita la factura, el establecimiento está obligado a generar una factura con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) genérico.

¿Qué pasará con la protección de datos personales?

Ante la pregunta de cuáles serán las medidas de seguridad respecto de sus datos fiscales en caso de robo, clonación o extravío de su tarjeta, Eduardo Prado Rivera, integrante del área de Servicios al Contribuyente del SAT, respondió a través de un videochat que su información fiscal estará completamente protegida debido a la tecnología que se implementará para vincular el RFC a su plástico.

“La terminal buscará si tiene fondos para hacer la compra. El siguiente dato consiste en que se le preguntará si requiere o no factura, no viene domicilio fiscal, a qué régimen pertenece, únicamente será el RFC, si decide no emitir factura, no se leerá el chip”, aseguró.

¿Qué pasa si requiero cancelar la factura ya emitida automaticamente?

En caso de que requiera cancelar una factura emitida por la TPV, el procedimiento a seguir será conforme al método actual, es decir a través de la plataforma del SAT y con tu e-firma.